13 feb 2008

CUÁLES SON LOS CURSOS QUE ME SIRVEN PARA GENERAR MI CURRÍCULO

En la Orden de convocatoria de cada año y de cada Comunidad Autónoma se indican los tipos de cursos que nos pueden servir para generar nuestro currículo. Básicamente son aquellos que tengan relación con algunos de los siguientes campos:

a. Cursos relacionadoscon los aspectos científicos de la especialidad a la que se opta.
b. Cursos relacionados con los aspectos didácticos de la especialidad a la que se opta.
c. Cursos relacionados con la organización escolar.
d. Cursos relacionados con la enseñanza de otras lenguas cooficiales en la Comunidad (enseñanza en valenciano, gallego, euskera, catalán)

e.Cursos relacionados con la didáctica en general.
f. Cursos relacionados con las nuevas tecnologías aplicadas a la educación.
g.Cursos relacionados con la psicopedagogía y la sociología de la educación.
h. Cursos que tengan contenidos relacionados con las Áreas Transversales.
i. Aquellos que desarrollan aspectos concretos o generales de la L.O.E.




¿Qué entidades o instituciones pueden impartirlos?

Las instituciones o entidades que pueden impartir este tipo de cursos de formación para que nos sean válidos, son básicamente las siguientes:

a. Los Departamentos Universitarios.
b. Los Institutos de Ciencias de la Educación (I.C.E.) (No se valora el CAP)
c. La UNED (No se valoran los cursos de habilitación)
d. Los Centros de Profesores y Recursos (CPR ó CEFIRES)
e. La Administración Educativa (MECD y las Consejerías de Educación)
f. Instituciones sin ánimo de lucro autorizadas por la Administración Educativa.


Dentro del apartado -f- existen variadas instituciones que hacen oferta de cursos de formación. La condición que deben cumplir es que los cursos que realizan estén autorizados y además homologados por la Administración Educativa. Dentro de este bloque de instituciones o entidades que, en general, están autorizas y pueden ofrecer cursos homologados se encuentran los sindicatos.

¿Cómo se calculan los puntos que pueden obtenerse con los cursos?

En las convocatorias del año 2007 han existido diferentes maneras de puntuar los cursos. Nosotros vamos a analizar la última convocatoria en las diferentes comunidades. En cualquier caso, has de saber que es preferible que te sobren puntos a que te quedes justo en el límite de puntos.

No serán baremados los cursos de Formación realizados antes de la obtención del Título alegado para el ingreso en el Cuerpo.

Comunidad Valenciana, Castilla la Mancha, Galicia, Andalucia, Extremadura, Castilla León, Cantabria, Asturias, la Rioja, Navarra , Aragón, Canarias, Cataluña y País Vasco.

REGULACIÓN DEL BLOQUE II: Formación Académica y Permanente (máximo 4 puntos)

1. Formación Permanente.
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, convocados por las administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizadas por entidades colaboradoras con las administraciones educativas o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente o por las universidades, relacionado bien con los aspectos científicos o didácticos de la especialidad a la que se opta o bien con la organización escolar, la enseñanza en valenciano, la didáctica en general, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la psicopedagogía y la sociología de la educación.

1. Duración no inferior a 3 creditos.............................................0,2 puntos
2. Duración no inferior a 10 creditos...........................................0,5 puntos

A estos efectos serán acumulables los cursos no inferiores a 20 horas que cumplan los requisitos que se especifican en este apartado.

Exclusivamente para la especialidad de música, se valorarán en los mismos términos los cursos organizados por los conservatorios de música.

Madrid

REGULACIÓN DEL BLOQUE II: Formación Académica y Permanente (máximo 4 puntos)

1. Formación Permanente. (Máximo 2 ptos)
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, convocados por las administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizadas por entidades colaboradoras con las administraciones educativas o actividades reconocidas por la administración educativa correspondiente o por las universidades, relacionado bien con los aspectos científicos o didácticos de la especialidad a la que se opta o bien con la organización escolar, la enseñanza en valenciano, la didáctica en general, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la psicopedagogía y la sociología de la educación.

1. Duración no inferior a 3 creditos.............................................0,2 puntos
2. Duración no inferior a 10 creditos...........................................0,5 puntos


A estos efectos serán acumulables los cursos no inferiores a 20 horas que cumplan los requisitos que se especifican en este apartado.

Exclusivamente para la especialidad de música, se valorarán en los mismos términos los cursos organizados por los conservatorios de música.

Comunidad Autónoma de Murcia

REGULACIÓN DEL BLOQUE II: Formación Académica y Permanente (máximo 2 puntos)

3.1 Formación Permanente : Máximo 1 pto
Por cada curso de formación permanente y perfeccionamiento superado, relacionado con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologías aplicadas a la educación, la didáctica, la psicopedagogía o la sociología de la educación, convocado por administraciones públicas con plenas competencias educativas o por universidades, o actividades incluidas en el plan de formación permanente organizados por entidades colaboradoras con las administraciones educativas, o actividades reconocidas por la Administración educativa correspondiente:

1. Duración no inferior a 3 creditos.............................................0,2 puntos
2. Duración no inferior a 10 creditos...........................................0,5 puntos

Exclusivamente para la especialidad de música, se valorarán en los mismos términos los cursos organizados por los conservatorios de música.

3.2. Por cada vez que se haya superado la fase de oposición de la especialidad en procesos selectivos realizados en esta Comunidad Autónoma desde la fecha de asunción de las transferencias: 1 pto

Documentos Justificativos: Certificación de la Dirección General de Personal en la que conste de modo expreso que se superó la fase de oposición en la correspondiente especialidad.

Baleares

REGULACIÓN DEL BLOQUE II: Actividades de Formación y Perfeccionamiento (máximo 3 puntos)


2.1. Por cada actividad de formación y perfeccionamiento del profesorado superada, relacionada con la especialidad a la que se opta o con la organización escolar, las nuevas tecnologias aplicadas a la educación, la didáctica, la psiocopedagogía y la sociología de la Educación convocada por Administraciones Públicas con plenas competencias educativas reconocidas y registradas.

1. Por cada curso no inferior a tres créditos.................................... 0.2 ptos
2. Por cada curso no inferior a diez créditos..................................... 0.5 ptos
3.- Por el título de maestro en Valencià ........................................ 0.25 ptos


Advertimos que haciendo el cálculo de la manera que hemos indicado tendremos una referencia bastante cercana a la realidad. Pero hay que saber que será la orden de convocatoria de cada año la que indique el baremo y la forma de aplicarlo. Lo que significa, una vez más, que debemos pasar del número de puntos aunque sea en un porcentaje pequeño. Una vez que se convoque la oposición tenemos poco o escaso margen de maniobra para hacer cursos. ¡MUCHA SUERTE!